La Agencia Española de Protección de Datos, con el apoyo de la Plataforma de Mayores y Pensionistas, ha publicado un documento de Orientaciones sobre la instalación y uso de videocámaras en el hogar de personas mayores. El objetivo del documento es ofrecer criterios prácticos que permitan compatibilizar la seguridad de las personas dependientes con su privacidad y sus derechos fundamentales.
Mayores y utilización de videocámaras
El documento habla de la utilización de videocámaras en domicilios para supervisar a personas mayores sin autonomía física o cognitiva. La AEPD recuerda que estas herramientas pueden ser útiles para detectar situaciones de emergencia y facilitar una respuesta rápida. Sin embargo, advierte de que su uso puede afectar la privacidad de las personas. Por lo tanto, exige una valoración cuidadosa de las circunstancias concretas de cada caso antes de su instalación.
Domicilio como espacio protegido
La guía de la AEPD subraya que el domicilio es un espacio especialmente protegido. Incluso cuando existen situaciones de vulnerabilidad. Por ello, la Agencia insiste en que cualquier supervisión debe aplicarse con criterios de necesidad, proporcionalidad y mínima invasión posible.
Entre las recomendaciones, la AEPD destaca que la persona, en la medida que lo permita su estado, debe aceptar la existencia de las cámaras, su finalidad y quién podrá acceder a las imágenes. Además, debe poder revisar su decisión en todo momento, u oponerse al sistema en cualquier momento.
Mayores y presencia de terceros
La Agencia diferencia además entre los supuestos que pueden quedar dentro de la denominada “exclusión doméstica”. En estos supuestos no resultaría de aplicación la normativa de protección de datos, y aquellos casos en los que sí. Por ejemplo, si en la vivienda trabaja un tercero. Puede ser una persona cuidadora o empleada de hogar. Otro supuesto sería si las grabaciones pueden afectar a visitas o terceros ajenos al entorno familiar. En estos casos, el tratamiento deja de considerarse exclusivamente doméstico y pasa a estar sujeto a las obligaciones previstas en la normativa de protección de datos.


