En el ámbito laboral, al igual que en otros ámbitos, los Estados miembros del Espacio Económico Europeo pueden establecer normas más específicas para garantizar la protección de los derechos y libertades en relación con el tratamiento de datos personales de los trabajadores.
Entre las limitaciones básicas se señalan el deber de preservar la dignidad humana de los individuos, sus intereses legítimos y derechos fundamentales.
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