Recibir las llamadas de empresas de recobro puede convertirse en un problema que se repite a diario. Este hecho lleva a muchos a preguntarse si es legal la cesión de nuestros datos personales a las empresas de recobro por parte de los acreedores de la deuda. En este artículo intentaremos aclarar algunos aspectos.
Empresas de recobro y mis datos personales
En España no existe una normativa específica para regular las empresas de recobro. Para valorar esta cuestión debemos acudir a la LOPD GDD y al Código Civil y la Ley de defensa de consumidores y usuarios. También hemos de saber que una empresa de recobro funciona como una intermediaria entre el acreedor y el deudor. Es decir, que no tiene la titularidad de la deuda, sino que interviene en nombre de la empresa acreedora para poder cobrar al deudor.
En lo que se refiere a la protección de datos, las empresas de recobro operan como un encargado del tratamiento de las empresas acreedoras. Las empresas acreedoras son las responsables del tratamiento y son las que facilitan los datos personales de los deudores, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
No hace falta consentimiento
Cabe señalar que, cuando se cumplan los requisitos y exista ese contrato, no será necesario el consentimiento del titular de los datos para que la empresa de recobro pueda acceder a sus datos personales. La empresa acreedora es la que debe cumplir con sus obligaciones de legitimación e información, bien a través del consentimiento del interesado para el tratamiento de sus datos, o bien basándose en otra base jurídica.
Requisitos a cumplir por las empresas de recobro
Ahora bien, deben cumplirse una serie de requisitos:
- La deuda debe estar vencida, ser exigible y cierta.
- El contrato tiene que incluir la posibilidad de ser incluido en un fichero de morosos en el caso de incumplimiento.
- Una vez vencida la deuda, se tiene que notificar con antelación de que el deudor podrá ser incluido en un fichero de morosos.
- Establecer un protocolo de respuesta a los derechos de los afectados en materia de protección de datos.
- Efectuar una evaluación de impacto para evaluar los riesgos.