Un dato de carácter personal es «cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables», según el Reglamento Europeo de Protección de Datos. Ese dato, aunque sea uno solo e incluso sea público (como, por ejemplo, el número de afiliación a la Seguridad Social) formará parte de un «fichero» cuando sea tratado en un conjunto organizado o estructura de información, con independencia de la forma de su creación, almacenamiento, organización y acceso. Así ocurrirá, por ejemplo, cuando se integre en un procesador de texto, hoja de cálculo, modelo TC1 o TC2 o en una página web de la empresa. [Leer más…]
Facilitar a los sindicatos los e-mails de los trabajadores
Es un dato personal
La dirección de correo electrónico o e-mail profesional, de empresa o corporativo de los trabajadores es un dato de carácter personal, como han reconocido tanto la Agencia Española de Protección de Datos como los tribunales. Por lo tanto, comunicar las direcciones de e-mail de los trabajadores a los sindicatos supone una comunicación o cesión de datos en el marco de la normativa de protección de datos. [Leer más…]
Controlar el uso que los trabajadores hacen de Internet
Los hechos
Una empresa realizó una auditoría interna de sus redes de información con el fin de revisar la seguridad del sistema y detectar posibles anomalías en la utilización de los medios informáticos puestos a disposición de los trabajadores. A través de ella descubrió que uno de sus trabajadores pasaba gran parte de su tiempo de trabajo utilizando Internet para fines personales, por lo que fue despedido disciplinariamente alegando transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo. El trabajador impugnó judicialmente el despido. [Leer más…]
Se puede compartir datos de trabajadores para prestación de servicios
Los hechos
Un técnico en informática denunció ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a la compañía para la que trabajó por considerar que había cedido sus datos personales a otra empresa sin su autorización.
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Qué datos de su plantilla deberá dar a los representantes de sus trabajadores
Los representantes de los trabajadores necesitan conocer ciertos datos personales de los trabajadores para desarrollar su labor. Sin embargo, su empresa no puede facilitar el acceso ni entregar toda la información personal que le soliciten, pues se arriesga a estar cediendo datos personales sin el necesario y previo consentimiento de los trabajadores, lo que podría suponer la infracción de la normativa. [Leer más…]
Trabajadores implicados en la protección de datos
Hoy en día no basta con tener sobre el papel una buena política de protección de datos. En el día a día de la empresa son los trabajadores quienes manejan los datos personales y de quienes depende que se cumplan todas las políticas y medidas que se han establecido.
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Trabajadores de ETT y protección de datos
Cuando su empresa necesita ocasionalmente trabajadores y para ello recurre a una ETT, firma con ella un contrato denominado «de puesta a disposición». Tenga en cuenta los siguientes puntos clave para evitar errores y cumplir mejor con la normativa de protección de datos personales.