A pesar de que acaba la relación laboral, hay algunas obligaciones en materia de protección de datos de trabajadores despedidos en España. Las empresas deben contemplarlas para no incurrir en posibles infracciones.
Trabajadores despedidos y obligaciones de las empresas
Cabe señalar que, al despedir a un empleado o al dimitir este, dejarán de estar legitimados todos los tratamientos de datos en el cumplimiento de la relación contractual. Y, además, será necesario llevar a cabo una serie de medidas o contar con el consentimiento expreso del ex-empleado para algunos tratamientos.
En la carta de despido
En la carta de despido, el empresario debe justificar las causas del despido. Por lo tanto, es muy posible que esta carta contenga datos personales no solo del trabajador, sino también de terceros.
La normativa nos dice que para respetar la protección de datos de trabajadores despedidos, los datos personales que aparezcan en la carta deben ser siempre adecuados y pertinentes a la finalidad (la justificación del despido) y no contener datos personales que resulten innecesarios.
Bloqueo de datos
Cuando se finaliza la relación laboral, la empresa deberá proceder al bloqueo de los datos personales del trabajador despedido. Así lo indica en el artículo 32 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos. Es decir, de esta manera, no se podrá acceder a los datos, ni realizar ningún tratamiento de los mismos.
Consentimiento para futuras comunicaciones
Si el empleador quiere utilizar los datos personales de contacto del ex-empleado para poder comunicarse en el futuro con él, debe recabar el consentimiento expreso del ex-empleado para ello. Es así, puesto que no hay otro motivo legitimador para llevar a cabo dicha comunicación.
Trabajadores despedidos y cesión de datos
Las empresas que llevan a cabo despidos colectivos de más de 50 personas, tienen la obligación de ofrecerles un plan de recolocación externa a través de empresas autorizadas. Estas últimas necesitan tener acceso a una serie de datos personales para ofrecer sus servicios a estos ex-empleados.
La cesión de esos datos personales de la empresa a la empresa recolocación no necesita del consentimiento expreso de los trabajadores despedidos. Es el cumplimiento de una obligación legal del responsable del tratamiento.
En el siguiente enlace de AEPD hay mucha información sobre la normativa de Protección de Datos en el ámbito laboral.