La migración de los sistemas de gestión de la información es un proceso complejo que conlleva riesgos, mayores cuanto más sean los datos que trate la empresa y el nivel de seguridad aplicable a éstos, así como de los diversos soportes y aplicaciones en que se encuentren. Los riesgos son altos: fallos en la actividad de la empresa, revelación de datos personales, etc., por lo que es fundamental llevar a cabo la migración y reestructuración con el máximo cuidado, y si es posible delegarlo en un especialista.
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Leyenda informativa en el caso de sorteos y concursos
La recogida de datos personales en caso de sorteos y concursos obliga a obtener el consentimiento de quien va a dejarlos y, a la vez, informarle previamente de los derechos que le asisten, así como sobre la identidad y dirección del responsable y sobre el uso que se va a dar a esos datos, etc. Ambas cosas se llevan a cabo en la práctica a través de la inclusión en el formulario de una leyenda informativa que contenga todos los puntos anteriores.
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Consideraciones de uso de tabletas
Aquí tienen las consideraciones a tener en cuenta para el uso de las tabletas en la gestión de su empresa.
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Las tabletas iPad
Las tabletas digitales iPad han irrumpido en el mercado de los dispositivos portátiles con mucha fuerza y se han convertido en herramientas muy útiles para el uso personal y también para la gestión profesional. pero ojo: este tipo de soportes presenta lagunas desde el punto de vista de la protección de datos personales que su empresa debe tener en cuenta.
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Quién es quién en transferencias internacionales
Los servicios de atención telefónica al cliente, el marketing telefónico, los de alojamiento de la información y otros similares pueden ser más baratos si se deslocalizan, subcontratándose con otras empresas de otros países. También puede ser mucho más ventajoso recurrir a servicios de hosting en la nube, cuyos servidores pueden estar en cualquier país, o incluso en que el intervienen una cadena de proveedores distribuidos por distintos países.
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Encadenamiento de contratas
Imagine que su empresa subcontrata un servicio con un proveedor que está en España, pero éste a su vez subcontrata su actividad con un proveedor o varias contratas que están fuera. O que subcontrata con un proveedor de un país que no ofrece un nivel de seguridad adecuado, por lo que solicitó la autorización de la AEPD, y su proveedor a su vez tiene subcontratado a otros proveedores. ¿Qué debe hacer su empresa?
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Cómo asegurarse de que un proveedor cumple la normativa
Su empresa puede perfectamente externalizar actividades que impliquen tratamiento de datos personales, para lo cual es imprescindible que firmen un contrato de prestación de servicio con acceso a datos personales que dé cobertura legal a ese acceso a datos personales por parte del proveedor. En esta relación, y a efectos de la normativa de protección de datos, su empresa sería, como titular del fichero, la responsable del tratamiento, y la empresa en quien externaliza un servicio sería la encargada del tratamiento. [Leer más…]
Consejos para atender el derecho de cancelación
El ejercicio del derecho de cancelación va en aumento. Las personas son conscientes de al importancia de su información personal y deciden cada vez más dirigirse a las entidades que cuentan con ficheros que contienen sus datos personales para solicitarles su cancelación. [Leer más…]
Derecho de acceso: cómo se aplica el límite de los 12 meses
Cuando una persona ejerce el derecho de acceso más de una vez cada 12 meses, se le puede denegar. Pero la duda es la siguiente: ¿ese límite se refiere a que lo haya ejercitado sobre un fichero concreto en más de una ocasión en ese plazo de 12 meses o a que lo haya ejercitado alguna vez ante la empresa independientemente del fichero de que se trate?
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Fusiones: ¿desde qué momento cada entidad puede consultar los datos de la otra?
En el caso de fusiones, una interpretación literal de la normativa implicaría que el acceso a la información por la empresa absorbente o resultante de la fusión únicamente podría tener lugar una vez que la operación se haya llevado completamente a cabo. Esto es así puesto que sólo a partir de ese momento sería posible entender que se ha producido la subrogación, mientras que hasta ese momento las entidades intervinientes tienen personalidad jurídica propia y diferenciada y el acceso recíproco a los datos personales contenidos en ficheros de los que son titulares una y otra se consideraría una cesión no consentida por los afectados. [Leer más…]
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