Como ya sabrás, el 25 de mayo ha entrado en vigor el RGPD (Reglamento Europeo). En este artículo, te intentaremos explicar cómo afecta esta normativa a las herramientas informáticas tan cómodamente instaladas en nuestras vidas. En concreto, tocaremos la herramienta Google Analytics.
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Auditorías de seguridad de la protección de datos en su empresa
El artículo 32.1.d) del RGPD establece la obligación de definir un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento de los datos personales.
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Se puede compartir datos de trabajadores para prestación de servicios
Los hechos
Un técnico en informática denunció ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a la compañía para la que trabajó por considerar que había cedido sus datos personales a otra empresa sin su autorización.
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No se sanciona la infracción del deber de secreto si éste no se llega a divulgar
Los hechos
Una persona que se inscribió a través de un formulario online para acudir a una feria de profesionales recibió la invitación en su domicilio. La acreditación venía en un sobre donde, junto a su nombre y dirección, se había impreso la palabra «desempleado», hecho que denunció ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por considerar que terceras personas podrían haber conocido su situación laboral al leer el sobre. Aunque los datos no se llegaron a divulgar. [Leer más…]
Un protocolo de salida que preserve la privacidad
Cuando un trabajador abandona la empresa, bien por voluntad propia o bien por iniciativa de la compañía, es imprescindible que su empresa no deje ningún cabo suelto para que la salida se realice de forma impecable desde un punto de vista legal y preserve la privacidad requerida (expedición del certificado de empresa, información a los representantes de los trabajadores si es obligatorio en su caso, etc.) [Leer más…]
No hace falta consentimiento en caso de peligro
En una sentencia el Tribunal Supremo aclara cuándo no es necesario el consentimiento del trabajador para ser sometido a un reconocimiento médico si éste es necesario para conocer si su estado de salud puede suponer un peligro para sí mismo o para otros empleados. También deja claro que en ningún caso, el servicio de prevención ajeno encargado de realizar los reconocimientos médicos puede entregar el informe médico completo (y no sólo sus conclusiones) a la entidad en la que presta servicios el trabajador sin su consentimiento. [Leer más…]
Cómo enfrentarse a una inspección de protección de datos
Entre las funciones de la AEPD está velar por el cumplimiento de la normativa, inspeccionar a los titulares de ficheros o tratamientos que contengan los datos de carácter personal con el fin de garantizar una protección adecuada de la información personal y sancionar en caso de incumplimientos.
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Consejos para superar la inspección
La AEPD inspecciona a miles de empresas cada año e impone sanciones a un buen número de ellas. Nada impide que la suya pueda ser la siguiente. De oficio (es decir, a iniciativa de la propia AEPD) o tras la denuncia de un particular o de otra empresa (lo más frecuente), en cualquier momento puede recibir la visita de un inspector en su empresa. [Leer más…]
No se olvide de la formación y del envío de circulares y recordatorios
Formación es un pilar fundamental
Formación de sus trabajadores son un pilar fundamental para el cumplimiento de las normas de protección de datos por parte de su empresa, pues en el día a día son ellos quienes manejan los datos personales de sus clientes y de quienes depende que se cumplan todas las políticas y medidas que se han establecido. [Leer más…]
Cumplir con el deber de información
Cómo acreditar que ha cumplido su deber de información
La forma más eficaz de que su empresa pueda acreditar que ha cumplido su obligación de informar al trabajador sería mediante un documento firmado por el trabajador en el que conste que ha sido informado. Esta información puede constar en el propio contrato, de forma que una vez que el trabajador lee y firma el contrato, se entiende cumplido el deber de información. Pero también puede ser un anexo a éste o incluso constar en documento aparte. [Leer más…]
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