Las empresas manejan abundantes flujos de información, cuya seguridad y confidencialidad deben estar sujetas a estrictas medidas de salvaguarda. Así lo establece la normativa de protección de datos, pero también las necesidades prácticas de cualquier organización que quiera mantener un sistema bien ordenado y eficiente. El certificado ISO/EIC 27001 es una opción que reporta ventajas adicionales para la empresa.
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Guía sobre el uso de Videocámaras
La AEPD ha publicado un nuevo documento «Protección de datos: Guía sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades«, que forma parte de un conjunto de publicaciones sectoriales que va haciendo. Se analiza el uso de las videocámaras con fines de seguridad, incluyendo también el análisis de supuesto específicos. Y también se recogen numerosos casos en que las videocámaras se utilizan para finalidades diferentes al de la seguridad. [Leer más…]
Deber de informar y menores
Para que los menores presten su consentimiento al tratamiento de sus datos, su empresa debe informarles de los puntos a los que obliga la normativa en el momento de la recogida de los datos de un modo que ellos sean capaces de entender. Por lo tanto, olvide de los tecnicismos y los términos legales y pida a los chicos su consentimiento para tratar sus datos personales empleando un lenguaje comprensible para su edad.
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Es importante la verificación de la edad
Para contar con el consentimiento de un joven de entre 13 y 18 años no basta con que al preguntarle éste afirme que tiene más de 13 años (por ejemplo, cuando rellena un formulario, responde por teléfono o a través de internet). ¿Es menor es quien dice ser?, ¿tiene la edad que asegura tener?
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Consentimiento menores de edad
Aunque a efectos legales hasta los 18 años no se tiene capacidad de obrar, a efectos de prestar el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales la frontera está en los 13 años.
Si el menor tiene 13 años o más, podrá consentir por sí mismo el tratamiento de sus datos personales (salvo en aquellas actividades en las que se exija el consentimiento de su madre, padre o tutor legal, por ejemplo, para su inscripción escolar, en cuyo caso su empresa también deberá solicitar a éstos su consentimiento).
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La mayoría de edad en protección de datos
Aunque una persona no tiene mayoría de edad hasta los 18 años, a efectos de prestar el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales la frontera legal está en los 13 años. Es decir, que a partir de los 13 años ese menor puede dar su consentimiento por sí mismo para el tratamiento de sus datos personales, mientras que si tiene menos de 13 años hay que pedírselo a sus padres o tutores. Esta es una de las cautelas que debe tener en cuenta su empresa si va a tratar datos de menores de edad.
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Aproveche ejercicio de derechos para revisión de los datos
La empresa debe tener registrados en el Documento de Seguridad sus tratamientos de datos de carácter personal. Pero las obligaciones de las empresas respecto al RGPD no terminan ahí, pues la normativa también obliga a que los datos de los ficheros se encuentren actualizados en todo momento. Eso significa que no sólo debe identificarlos, sino también realizar modificación (si se van a producir variaciones en cualquiera de sus apartados) o supresión (cuando sea el caso). De tanto en tanto, hay que realizar revisión de los datos.
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Tiempo de conservación bloqueados los ficheros
La normativa obliga a no suprimir ni destruir datos de ficheros (ni ficheros enteros), sino a bloquearlos los plazos aplicables de cara a la exigibilidad de responsabilidades.
Cada formulario con su cláusula informativa
En un libro de reclamaciones (o cualquier otro conjunto de formularios en los que se recojan datos) la leyenda informativa debe aparecer en cada formulario, sin que sea suficiente que aparezca de forma general. Cada formulario tiene que ir con su cláusula informativa.
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Tres errores frecuentes que cometen entidades sin ánimo de lucro
Estos son los tres principales incumplimientos que suelen cometer las entidades sin ánimo de lucro: tratar datos sin consentimiento de los interesados, falta de proporcionalidad y falta de atención de los derechos de interesados.
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